miércoles, 23 de enero de 2013

Los 3 tipos de divorcio

Los 3 tipos de divorcio

Información proveniente de México
Nuestro Código Civil contempla tres tipos de divorcio: divorcio administrativo, divorcio voluntario y divorcio necesario. Definir el tipo de divorcio que vas a solicitar es esencial pues para cada uno necesitas hacer diferentes trámites.
La cuestion es clara: "el
divorcio engendra divorcio". Es innegable
que el
divorcio produce quiebres matrimoniales. Por lo tanto, no se limita
solamente a solucionar los problemas de los matrimonios mal avenidos,
sino que afecta a todos los matrimonios: a los presentes y a los futuros

Divorcio Administrativo.
El divorcio administrativo en, EL CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL:
Los artículos 272, y demás, señala que, en aquel territorio, procede el divorcio administrativo cuando habiendo transcurrido un año o más de la celebración del matrimonio, ambos cónyuges convengan en divorciarse, sean mayores de edad, hayan liquidado la sociedad conyugal de bienes, si están casados bajo ese régimen patrimonial, la cónyuge no esté embarazada, no tengan hijos en común, o teniéndolos, sean mayores de edad, y éstos no
requieran alimentos o alguno de los cónyuges. El Juez del Registro Civil, previa  identificación de los cónyuges, levantará un acta en que hará constar la solicitud de divorcio y citará a éstos para que la ratifiquen a los quince días. Si los cónyuges lo hacen, el Juez los declarará divorciados y hará la anotación
correspondiente en la del matrimonio anterior. Si se comprueba que los cónyuges no cumplen con los supuestos exigidos, el divorcio así obtenido no producirá efectos, independientemente de las sanciones previstas en las leyes.
Está establecido en 24 Estados del país y encontrando a unos Estados como Puebla y Distrito Federal.